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REGIMEN DE TRANSICION

     

  • A efecto de aplicar el Régimen de Transición, la Comisión Curricular asesora al Consejo de Escuela en la aplicación de la Normativa del Régimen de Transición, definido por 5 años a partir del semestre I del 2000.
     
  • Es de señalar que el objetivo del Régimen de Transición es tratar de regularizar en el plazo más corto posible a todos los estudiantes en el nuevo Plan de Estudios, sin perjudicar al estudiante, ya que éste no tiene por qué sentir limitado su avance ni retardar la culminación de sus estudios por el cambio de Plan Curricular. Cualquier convalidación debe estar inspirada en esta premisa. Por tanto, el Régimen de Transición debe ser un proceso facilitador.
     
  • La Comisión creará una serie de planillas oficiales para efecto de las equivalencias y convalidaciones.
     
  • El Plan de Estudios se implantó en el semestre que se inicia en septiembre de 2000 (I-2000), en que se incia el Plan de Estudios actual. El Régimen de Transición se estabece como sigue.
     

 

NORMATIVA DE TRANSICION


Caso 1:
nuevos alumnos (ingresan por primera vez a la Lic. de Computación, a partir del semestre I-2000):

1.1 Los nuevos alumnos se incorporan al Plan de Estudios 2004. Estos nuevos alumnos pueden provenir de las distintas vías de ingreso, sea al primer semestre -vía CNU, convenios o exámen de admisión- o ingreso por equivalencias.

Caso 2: alumnos regulares (inscritos en la Lic. de Computación en el semestre del cambio y no se han retirado):

2.1 El alumno que tiene aprobadas todas las asignaturas obligatorias del Pensum 85: Se mantiene en el Pensum 85

2.2 El alumno que no tiene aprobadas todas las asignaturas obligatorias del Pensum 85 : Se incorpora al Plan de Estudios 2004

Caso 3: alumnos que se reincorporan (durante el régimen de transición)

3.1 El alumno que se reincorpore durante el régimen de transición, se incorpora al Plan de Estudios 2004, a excepción de los casos incluidos en el punto
 
3.2 El caso particular del alumno que tiene aprobadas todas las asignaturas (obligatorias y electivas) y que sólo le falta aprobar Seminario y TEG, se mantiene en el Pensum 85.

 

Durante el régimen de transición, para la inscripción en las asignaturas se aplicarán los viejos o nuevos requisitos en la asignatura en cuestión o en su equivalente del Pensum 85, aquello que sea más beneficioso para el alumno, sujeto a recomendaciones de la Comisión de Transición Curricular. Se establece un plazo de 5 años, a partir de la fecha de implantación del nuevo Plan de Estudios, para considerar situaciones relativas al Pensum 85, luego del cual todos los estudiantes deben estar incorporados en el nuevo Plan de Estudios.

Ver Equivalencias y Convalidaciones

 

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